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permisos de residencia

permisos de residencia

¿Entonces has decidido vivir por un tiempo o incluso permanentemente en nuestra hermosa Costa Rica? Primero que nada, ¡felicidades!
A continuación encontrará información sobre las leyes y regulaciones vigentes actualmente, pero tenga en cuenta que están sujetas a cambios constantes. Sin embargo, ¡estaremos encantados de ayudarle a elegir la elección correcta y el camino correcto!

Sin embargo, estaremos encantados de ayudarle a tomar la decisión correcta y a encontrar el camino correcto.

“Invierno” en Costa Rica como “turista”

Desde marzo de 2010, las personas que simplemente quieren “pasar el invierno” en Costa Rica pueden hacerlo con su visa de turista. Esto está claramente fomentado por la nueva ley. Con un pasaporte comunitario, suizo o americano puedes prorrogarlo otros 90 días después de los primeros 90 días, pero lamentablemente es un trámite complejo.

Importante; Si permanece ilegalmente en Costa Rica, ahora se le cobrará una multa de 100 dólares por cada mes de ilegalidad. Además, se impone una prohibición de entrada por tres veces la duración de la estancia ilegal (en días).

Permiso de residencia / Residencia en Costa Rica

Costa Rica no se considera un país de inmigración como Paraguay, Sudáfrica o Panamá, donde se puede obtener un permiso de residencia permanente por poco dinero, a menudo acompañado del correspondiente permiso de trabajo.
El 17 de mayo de 2012 entró en vigor la nueva ley de inmigración costarricense. Las ventajas se encuentran principalmente en el ámbito de la entrada de familias con niños, así como en los visados de turista.

Pensionista / Pensionista – Pensionado

  • Requiere comprobante de US-$ 1000 mensuales provenientes de pensiones y pensiones.
  • Debe permanecer en el país al menos 4 meses al año.
  • Son elegibles los cónyuges y dependientes menores de 18 años.
  • No puede trabajar como empleado.
  • Puede ser propietario de una empresa y recibir dividendos.
  • Después de 3 años puedes solicitar la residencia permanente.

Las personas que sean aptas para dicho permiso de residencia deben presentar pruebas de que reciben al menos 1.000 dólares de pensión al mes. Con dicho permiso tiene derecho a realizar un trabajo independiente bajo su propio nombre (por ejemplo, autónomo).
Después de tres años, puedes solicitar un permiso de residencia permanente.
¡Además, también necesita prueba de membresía en la “Caja Costarricense de Seguro Social” (compañía estatal de seguros de salud)!

Ingresos del extranjero – Rentista

  • El solicitante debe demostrar ingresos mensuales de al menos $2,500 durante al menos 2 años. La forma más sencilla es realizar un depósito notarial en un banco y aceptar que desde esta cuenta se transferirán 2.500 dólares estadounidenses mensuales a Costa Rica. También es necesario cambiar los 2.500 dólares mensuales a colones, la moneda local. Una cantidad cubre a toda la familia.
  • Debe permanecer en el país al menos 4 meses al año.
  • Son elegibles los cónyuges y dependientes menores de 18 años.
  • No puede trabajar como empleado.
  • Puede ser propietario de una empresa y recibir dividendos.
  • Después de 3 años puedes solicitar la residencia permanente.

Dado que la residencia permanente sólo se puede solicitar después de 3 años, es posible que tengas que presentar otros 60.000 $ después de dos años.

Si aún no está jubilado, tiene la posibilidad de acreditar unos ingresos procedentes del extranjero de al menos 2.500 dólares mensuales (garantizados a partir del lunes durante los próximos cinco años) y, por tanto, puede solicitar el permiso correspondiente. Este permiso incluye cónyuges e hijos. Para las familias con dos hijos, por ejemplo, los costes del permiso de residencia son más baratos que antes.
Con este permiso también podrás realizar trabajos por cuenta propia a tu nombre.
Después de tres años, puedes solicitar un permiso de residencia permanente.
¡Además, también necesita prueba de membresía en la “Caja Costarricense de Seguro Social” (compañía de seguros de salud)!

Inversión Empresarial – Inversionista

  • Inversión de al menos $150,000 en una propiedad, negocio, fondo de acciones, reforestación, etc.
  • Debe permanecer en el país al menos 6 meses al año.
  • Los cónyuges y dependientes mayores de 18 años no son elegibles.
  • Se permiten ingresos del proyecto.
  • Puede ser propietario de una empresa y recibir dividendos.
  • Después de 3 años puedes solicitar la residencia permanente.

Requisitos para el reconocimiento de ingresos por operaciones comerciales:
– Extracto del registro mercantil y certificación (la empresa debe existir desde hace mucho tiempo)
- Confirmación del asesor fiscal de que la empresa existe y genera ingresos, esto debe ser certificado por el notario más certificación (apostilla) en el tribunal regional.
-Confirmación de la IHK de que la empresa existe y certificación de la IHK

Consejo: Sólo haga que este tipo de residencia sea realizada por un abogado que tenga experiencia acreditada en este tipo de permiso de residencia.

Puedes solicitar este permiso de residencia si realizas una inversión de al menos 150.000 dólares. Sin embargo, cabe señalar que aquí se imponen varios requisitos y se incurren en honorarios legales. Por regla general, detrás de este tipo de aprobación se esconde un proceso muy complejo. También se deben divulgar todas las actividades comerciales y se debe elaborar un plan de negocios detallado.

Matrimonio de ciudadano o parentesco.

Al casarse con un ciudadano costarricense, puede pasar por un proceso de aprobación simple y luego obtener un permiso de residencia permanente. Si usted se convierte o es padre de un niño (que es ciudadano costarricense), también será incluido en este procedimiento simplificado, ¡pero deberá presentar evidencia de ADN!
Un ciudadano costarricense (debe ser abogado) debe dar fe de usted y solicitar el permiso de residencia.

naturalización

1.- Por matrimonio:
• Matrimonio con ciudadano costarricense.
• Debe visitar Costa Rica al menos una vez al año.

• Después de 3 años puedes solicitar la residencia permanente.

La naturalización u obtención de la ciudadanía en Costa Rica se adquiere por nacimiento o matrimonio. 
Además, si ya tienes un permiso de residencia válido, ¡puedes adquirir la ciudadanía mediante el procedimiento correspondiente después de un período de 7 años! Pero ojo: ¡no muchos países permiten la doble ciudadanía!

2.- Vínculo en familiares de primer grado
• Parentesco de primer grado (hijo/padres, hermanos solteros)
• Debe visitar Costa Rica al menos una vez al año.
• Puede trabajar.
• Puede ser dueño de un negocio y recibir ingresos.
• Residencia permanente desde el inicio y puedes trabajar con esta residencia.

El procedimiento es relativamente complejo.
Por lo tanto, es necesario contactar a la embajada de Costa Rica en su país de origen antes de dar tal paso. La información sobre qué documentos se requieren se puede encontrar en el sitio web de la Embajada de Costa Rica:http://www.botschaft-costa-rica.de/cms/de/node/52

Más información en:

Migración desde Costa Rica: http://www.migracion.go.cr/

http://www.costaricalaw.com/Immigration-and-Residency/
servicios
http://www.ambassador-costarica.de/index…89&lang=de
ARCR (Casa Canadá); http://www.arcr.net/ 

Certificación de certificados/documentos (apostilla)

A finales de 2011, Costa Rica también ratificó la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961 y, por lo tanto, acepta certificados y documentos extranjeros de los estados miembros (por ejemplo, UE/Suiza) sin autenticación de la embajada.

En la UE y Suiza, la apostilla la expide la cancillería estatal (en cada cantón). Los certificados y documentos son reconocidos en la UE y Suiza sin necesidad de autenticación adicional por parte de la embajada si llevan la apostilla de Costa Rica (la apostilla es emitida en Costa Rica por el Ministerio de Relaciones Exteriores).

Documentos necesarios:

  1. Carta de solicitud.
  2. 6 fotografías tipo pasaporte de frente.
  3. Un certificado de nacimiento internacional, con apostilla para su uso en el extranjero.
  4. Certificado de antecedentes policiales apostillado para uso en el extranjero. No debe tener más de seis meses al momento de la solicitud.
  5. Certificado de matrimonio internacional, con apostilla para uso en el extranjero.
  6. Copia del pasaporte (todas las páginas, incluida la portada)
  7. Carta de solicitud a inmigración. (Razones por las que quieres ir a Costa Rica.)
  8. Comprobante de ingresos por pensión vitalicia.
  9. Huellas dactilares en la policía nacional.
  10. Ingresar a la CCSS (compañía estatal de seguros de salud).
  11. Confirmación de registro por parte de la embajada.
  12. Pago de tasas de inmigración.

Importante: La información mencionada anteriormente es orientativa y está sujeta a cambios en cualquier momento. Sólo es relevante la información proporcionada en el sitio web de Migración en español: http://www.migracion.go.cr/

permisos de residencia

¿Entonces has decidido vivir por un tiempo o incluso permanentemente en nuestra hermosa Costa Rica? Primero que nada, ¡felicidades!
A continuación encontrará información sobre las leyes y regulaciones vigentes actualmente, pero tenga en cuenta que están sujetas a cambios constantes. Sin embargo, ¡estaremos encantados de ayudarle a elegir la elección correcta y el camino correcto!

Sin embargo, estaremos encantados de ayudarle a tomar la decisión correcta y a encontrar el camino correcto.

“Invierno” en Costa Rica como “turista”

Desde marzo de 2010, las personas que simplemente quieren “pasar el invierno” en Costa Rica pueden hacerlo con su visa de turista. Esto está claramente fomentado por la nueva ley. Con un pasaporte comunitario, suizo o americano puedes prorrogarlo otros 90 días después de los primeros 90 días, pero lamentablemente es un trámite complejo.

Importante; Si permanece ilegalmente en Costa Rica, ahora se le cobrará una multa de 100 dólares por cada mes de ilegalidad. Además, se impone una prohibición de entrada por tres veces la duración de la estancia ilegal (en días).

Permiso de residencia / Residencia en Costa Rica

Costa Rica no se considera un país de inmigración como Paraguay, Sudáfrica o Panamá, donde se puede obtener un permiso de residencia permanente por poco dinero, a menudo acompañado del correspondiente permiso de trabajo.
El 17 de mayo de 2012 entró en vigor la nueva ley de inmigración costarricense. Las ventajas se encuentran principalmente en el ámbito de la entrada de familias con niños, así como en los visados de turista.

Pensionista / Pensionista – Pensionado

  • Requiere comprobante de US-$ 1000 mensuales provenientes de pensiones y pensiones.
  • Debe permanecer en el país al menos 4 meses al año.
  • Son elegibles los cónyuges y dependientes menores de 18 años.
  • No puede trabajar como empleado.
  • Puede ser propietario de una empresa y recibir dividendos.
  • Después de 3 años puedes solicitar la residencia permanente.

Las personas que sean aptas para dicho permiso de residencia deben presentar pruebas de que reciben al menos 1.000 dólares de pensión al mes. Con dicho permiso tiene derecho a realizar un trabajo independiente bajo su propio nombre (por ejemplo, autónomo).
Después de tres años, puedes solicitar un permiso de residencia permanente.
¡Además, también necesita prueba de membresía en la “Caja Costarricense de Seguro Social” (compañía estatal de seguros de salud)!

Ingresos del extranjero – Rentista

  • El solicitante debe demostrar ingresos mensuales de al menos $2,500 durante al menos 2 años. La forma más sencilla es realizar un depósito notarial en un banco y aceptar que desde esta cuenta se transferirán 2.500 dólares estadounidenses mensuales a Costa Rica. También es necesario cambiar los 2.500 dólares mensuales a colones, la moneda local. Una cantidad cubre a toda la familia.
  • Debe permanecer en el país al menos 4 meses al año.
  • Son elegibles los cónyuges y dependientes menores de 18 años.
  • No puede trabajar como empleado.
  • Puede ser propietario de una empresa y recibir dividendos.
  • Después de 3 años puedes solicitar la residencia permanente.

Dado que la residencia permanente sólo se puede solicitar después de 3 años, es posible que tengas que presentar otros 60.000 $ después de dos años.

Si aún no está jubilado, tiene la posibilidad de acreditar unos ingresos procedentes del extranjero de al menos 2.500 dólares mensuales (garantizados a partir del lunes durante los próximos cinco años) y, por tanto, puede solicitar el permiso correspondiente. Este permiso incluye cónyuges e hijos. Para las familias con dos hijos, por ejemplo, los costes del permiso de residencia son más baratos que antes.
Con este permiso también podrás realizar trabajos por cuenta propia a tu nombre.
Después de tres años, puedes solicitar un permiso de residencia permanente.
¡Además, también necesita prueba de membresía en la “Caja Costarricense de Seguro Social” (compañía de seguros de salud)!

Inversión Empresarial – Inversionista

  • Inversión de al menos $150,000 en una propiedad, negocio, fondo de acciones, reforestación, etc.
  • Debe permanecer en el país al menos 6 meses al año.
  • Los cónyuges y dependientes mayores de 18 años no son elegibles.
  • Se permiten ingresos del proyecto.
  • Puede ser propietario de una empresa y recibir dividendos.
  • Después de 3 años puedes solicitar la residencia permanente.

Requisitos para el reconocimiento de ingresos por operaciones comerciales:
– Extracto del registro mercantil y certificación (la empresa debe existir desde hace mucho tiempo)
- Confirmación del asesor fiscal de que la empresa existe y genera ingresos, esto debe ser certificado por el notario más certificación (apostilla) en el tribunal regional.
-Confirmación de la IHK de que la empresa existe y certificación de la IHK

Consejo: Sólo haga que este tipo de residencia sea realizada por un abogado que tenga experiencia acreditada en este tipo de permiso de residencia.

Puedes solicitar este permiso de residencia si realizas una inversión de al menos 150.000 dólares. Sin embargo, cabe señalar que aquí se imponen varios requisitos y se incurren en honorarios legales. Por regla general, detrás de este tipo de aprobación se esconde un proceso muy complejo. También se deben divulgar todas las actividades comerciales y se debe elaborar un plan de negocios detallado.

Matrimonio de ciudadano o parentesco.

Al casarse con un ciudadano costarricense, puede pasar por un proceso de aprobación simple y luego obtener un permiso de residencia permanente. Si usted se convierte o es padre de un niño (que es ciudadano costarricense), también será incluido en este procedimiento simplificado, ¡pero deberá presentar evidencia de ADN!
Un ciudadano costarricense (debe ser abogado) debe dar fe de usted y solicitar el permiso de residencia.

naturalización

1.- Por matrimonio:
• Matrimonio con ciudadano costarricense.
• Debe visitar Costa Rica al menos una vez al año.

• Después de 3 años puedes solicitar la residencia permanente.

La naturalización u obtención de la ciudadanía en Costa Rica se adquiere por nacimiento o matrimonio. 
Además, si ya tienes un permiso de residencia válido, ¡puedes adquirir la ciudadanía mediante el procedimiento correspondiente después de un período de 7 años! Pero ojo: ¡no muchos países permiten la doble ciudadanía!

2.- Vínculo en familiares de primer grado
• Parentesco de primer grado (hijo/padres, hermanos solteros)
• Debe visitar Costa Rica al menos una vez al año.
• Puede trabajar.
• Puede ser dueño de un negocio y recibir ingresos.
• Residencia permanente desde el inicio y puedes trabajar con esta residencia.

El procedimiento es relativamente complejo.
Por lo tanto, es necesario contactar a la embajada de Costa Rica en su país de origen antes de dar tal paso. La información sobre qué documentos se requieren se puede encontrar en el sitio web de la Embajada de Costa Rica:http://www.botschaft-costa-rica.de/cms/de/node/52

Más información en:

Migración desde Costa Rica: http://www.migracion.go.cr/

http://www.costaricalaw.com/Immigration-and-Residency/
servicios
http://www.ambassador-costarica.de/index…89&lang=de
ARCR (Casa Canadá); http://www.arcr.net/ 

Certificación de certificados/documentos (apostilla)

A finales de 2011, Costa Rica también ratificó la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961 y, por lo tanto, acepta certificados y documentos extranjeros de los estados miembros (por ejemplo, UE/Suiza) sin autenticación de la embajada.

En la UE y Suiza, la apostilla la expide la cancillería estatal (en cada cantón). Los certificados y documentos son reconocidos en la UE y Suiza sin necesidad de autenticación adicional por parte de la embajada si llevan la apostilla de Costa Rica (la apostilla es emitida en Costa Rica por el Ministerio de Relaciones Exteriores).

Documentos necesarios:

  1. Carta de solicitud.
  2. 6 fotografías tipo pasaporte de frente.
  3. Un certificado de nacimiento internacional, con apostilla para su uso en el extranjero.
  4. Certificado de antecedentes policiales apostillado para uso en el extranjero. No debe tener más de seis meses al momento de la solicitud.
  5. Certificado de matrimonio internacional, con apostilla para uso en el extranjero.
  6. Copia del pasaporte (todas las páginas, incluida la portada)
  7. Carta de solicitud a inmigración. (Razones por las que quieres ir a Costa Rica.)
  8. Comprobante de ingresos por pensión vitalicia.
  9. Huellas dactilares en la policía nacional.
  10. Ingresar a la CCSS (compañía estatal de seguros de salud).
  11. Confirmación de registro por parte de la embajada.
  12. Pago de tasas de inmigración.

Importante: La información mencionada anteriormente es orientativa y está sujeta a cambios en cualquier momento. Sólo es relevante la información proporcionada en el sitio web de Migración en español: http://www.migracion.go.cr/

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